Los cambios introducidos por la OCM del vino de 2008, obligan a cambiar la Nomenclatura Combinada, que es la codificación por la que se declaran las exportaciones e importaciones de bienes. La nueva nomenclatura presenta fundamentalmente los siguientes cambios sobre la actual:
1.- Da entrada a la nueva categorización de:
a. DOP (Denominación de Origen Protegida)
b. IGP (Indicación Geográfica Protegida)
c. Vinos con Indicación de variedad y añada
d. Vino
2.- En los vinos tranquilos se introducen códigos diferentes para los vinos producidos dentro o fuera de la UE
3.- Se fusionan las categorías ‘vinos hasta 13%vol’ y ‘vinos entre 13% y 15%vol’
4.- Las líneas regionales de las DOP existentes hasta ahora se conservan.
Importante para las empresas asociadas
Es probable que tengan que adoptar sus programas informáticos para atender a este cambio desde el 1 de enero de 2010. Además, las estadísticas de exportación sufrirán una modificación que complicará su comparación histórica, pero esto no se debe más que a la introducción de nueva categorización de productos que entro en vigor con la OCM.
Desde el 1 de agosto de 2009 (fecha en que se pueden etiquetar los vinos con las novedades de la OCM, p. ej. vinos con variedad y añada) hasta el 1 de enero de 2010 (fecha de entrada en vigor de la nueva Nomenclatura Combinada, la declaración de exportaciones e importaciones habrá de hacerse según los criterios con que se venía haciendo hasta ahora.
Para consultar la nueva Nomenclatura Combinada (solamente disponible en francés) haz clic.